Las intensas tormentas y la posibilidad latente de que caiga granizo cambió por completo la lógica de los sanjuaninos, luego de la sorpresiva granizada del pasado 23 de diciembre y los daños materiales que produjo. Ahora, apenas hay una alerta desde Protección Civil o el Servicio Meteorológico Nacional, los conductores optan por resguardar sus vehículos en los puentes de la Avenida Circunvalación. Algunos se quedan a esperar que termine de llover, pero otros los dejan estacionados y se van. En este contexto, ¿qué dice la ley sobre estacionar en los puentes de la Circunvalación? ¿Está permitido?
La Ley de Tránsito Nº Nº 24.449 establece las normativas de comportamiento para con la Avenida Circunvalación. Si bien no hay ningún artículo que hable específicamente del estacionamiento en los puentes, hay otros a través de los cuales se puede establecer si está prohibido o no.
Se establece como una infracción “detenerse en autopista o Av. de Circunvalación para descender pasajeros y/o carga o descarga de mercaderías”. No se refiere a los puentes, aunque son dependencia de la circunvalación de igual manera.
Lo cierto es que, pese a la prohibición, en la práctica la gente se estaciona de igual manera. De hecho, en ciertas zonas donde hay locales de comida, se suele estacionar en toda la cuadra y hasta hay trapitos los fines de semana. Ahora la duda es, ¿habrá contemplación con los sanjuaninos que temen que se dañen sus autos?