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Apuntes del 25N

Los fallos judiciales sobre tres conmocionantes asesinatos en San Juan que sentaron precedentes contra la violencia machista

En 2012, mediante la modificación del Código Penal se incluyeron las figuras del femicidio y el femicidio vinculante, entre otros agravantes. Aquí los tres fallos que marcaron precedentes en San Juan.

Por Redacción Tiempo de San Juan

El Día de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer guarda muchas significaciones y un largo recorrido de las luchas de los movimientos feministas y las organizaciones sociales. Una de las conquistas fue la modificación del Código Penal Argentino, que a partir de fines del 2012 incluyó, por primera vez, las figuras penales de los homicidios en contexto de violencia de género, el femicidio vinculante y los asesinatos motivados por el odio a la orientación sexual. Un hito que sentó precedente en el endurecimiento de las penas por este tipo de homicidios y que, acá en San Juan, tuvo su correlato en sentencias sobre tres conmocionantes crímenes ocurridos en la provincia que marcaron un antes y un después en la historia judicial local.

El 14 de noviembre de 2012, el Congreso de la Nación Argentina aprobó la Ley 26.791 mediante la cual se modificó el artículo 80 del Código Penal, que trata sobre los agravantes del delito homicidio y fija penas máximas de reclusión perpetua. Esos cambios introdujeron puntos centrales desde una perspectiva de género, que subsanaron lo que hasta ese momento estaba invisibilizado. En el inciso 1 del artículo 80, por ejemplo, se amplió el concepto del vínculo y se incluyó como víctimas “a la persona que mantiene o ha mantenido una relación pareja, mediare o no convivencia”. Otro cambio se centró en el inciso 4, que fija también como agravantes los asesinatos por cuestiones “de género o la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.

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Imagen repetida. Una de las tantas escenas por los asesinatos contras mujeres.

Imagen repetida. Una de las tantas escenas por los asesinatos contras mujeres.

La tercera modificación importante se dio en el inciso 11, en el que, por primera vez, se hace referencia a los femicidios. En dicho apartado se destaca como agravante: al que matare “a una mujer, cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”. Y el último agregado tiene que ver con el contemplado en el inciso 12, que señala: al que matare “con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1”. Esto es cuando alguien, con el objetivo de causar daño o sufrimiento a una mujer, asesina a un familiar suyo, a alguien cercano o la persona que mantiene una relación con ella.

En San Juan hubo sobrados casos de estos tipos de asesinatos, pero no fue sino hasta después del 2012, cuando entró en vigencia esa modificación del Código Penal, que la Justicia aplicó esos agravantes contra los femicidas.

El femicida Fretes

El primer fallo condenatorio bajo la figura de femicidio fue en octubre de 2014 contra Cristian Oscar Fretes. El sujeto maltrató desde siempre a su esposa Estela del Valle Bustos, pero aquel sábado 25 de mayo de 2013 llegó borracho a su casa en el barrio Las Alondras en Chimbas, le hizo una escena de celos y empezó a agredirla.

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Femicidia. Cristian Oscar Fretes, el condenado a prisión perpetua por el asesinato de su entonces pareja Estela Bustos.

Femicidia. Cristian Oscar Fretes, el condenado a prisión perpetua por el asesinato de su entonces pareja Estela Bustos.

El ataque fue brutal. Le dio golpes de puños, puntapiés, la arrastró del cabello, la propinó rodillazos y hasta rompió un cuchillo de tantos puntazos. La agredió en distintas partes de la casa y en la vereda. Sus dos hijos fueron testigos directos de la atroz escena y vieron morir a su madre. Fretes también obligó a los niños a que lo ayudaran a lavar el cuerpo en el baño y limpiaran las manchas de sangre en la vivienda. "Mirá la cagada que se mandó tu madre, ha ensuciado por todos lados con sangre", les dijo a los chicos, según consta en el expediente.

El homicida luego dejó el cadáver de su esposa en una cama y lo cubrió con un acolchado para hacer creer a todos que dormía, mientras buscaba una coartada. Una hermana de Estela llegó a la casa más tarde y descubrió el crimen. Cristian Fretes fue apresado en la misma vivienda. El changarín, en ese entonces de 33 años, fue el primer sanjuanino procesado por femicidio, además que le atribuyeron otros agravantes como los del vínculo y el ensañamiento, y el delito de aborto. Es que la víctima 33 años también estaba embarazada.

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El lugar del hallazgo. Estela Bustos fue encontrada muerta sobre una de las camas, tapada con una colcha. Fretes estaba en la casa con los niños y no había dicho nada del asesinato.

El lugar del hallazgo. Estela Bustos fue encontrada muerta sobre una de las camas, tapada con una colcha. Fretes estaba en la casa con los niños y no había dicho nada del asesinato.

“Quedó demostrado a través de los testimonios recibidos, la violencia de género producida por parte del victimario hacia la víctima en diversos sucesos anteriores al del presente”, expresó el juez José Atenágoras Vega, que junto a sus pares Ernesto Kerman y Juan Carlos Peluc Noguera conformaron el tribunal de la Sala II de la Cámara en lo Penal y Correccional que juzgó a Fretes en octubre de 2014.

Cristian Fretes fue condenado en un juicio abreviado por los delitos de homicidio triplemente agravado, por haber sido cometido con ensañamiento, por el vínculo y por violencia de género (femicidio), y aborto. “Desde el noviazgo y durante todo el tiempo que convivieron como pareja, la utilización de la violencia física como verbal fue un constante sometimiento y tolerancia a los ataques, golpizas, a punto tal que ella (por Estela Bustos) no se defendía ni tampoco ejercía su derecho a denunciarlo ante las autoridades o culminar con la relación, todo por el temor que le producía las amenazas de golpes y muerte que aquel le prodigaba, e incluso las justificaba”, remarcó el juez en la sentencia dictada el 10 de octubre de 2014. Actualmente, el femicida sigue preso.

El caso Gil y el odio por la orientación sexual

El caso del sanjuanino Claudio Javier Gil también se enmarcó dentro de los delitos contemplados en las modificaciones al artículo 80, en 2012. Su carrera criminal le valió que lo catalogaran de asesino serial de homosexuales. “El Gallo Claudio”, como lo apodan, cargaba en su juventud con una condena por robo de automotor y privación ilegítima de la libertad, pero se convirtió en asesino el 27 de agosto de 1997 cuando mató a cuchillazos y quemó a su pareja, Alfredo “Cacho de la Esquina” Herrera, en un descampado en las afueras de la capital de La Rioja.

Por ese crimen lo condenaron a 12 años de cárcel por el delito de homicidio simple. Gil después volvió a San Juan, donde cometió otros de sus sangrientos ataques homofóbicos. Entre la noche del 6 y la madrugada del 7 de enero de 2014 ató al chef Carlos Echegaray en su cama y lo mató de ocho cuchillazos en la casa de este último en la calle Estados Unidos, cerca de la Terminal de San Juan.

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Homofobico. Claudio Javier Gil carga con seis condenas, cometió delitos de robos, lesiones, violación y tres asesinatos contra homosexuales.

Homofobico. Claudio Javier Gil carga con seis condenas, cometió delitos de robos, lesiones, violación y tres asesinatos contra homosexuales.

Después vendría otro salvaje asesinato. Dos meses más tarde, entre las 22 horas del 6 de marzo y las 6 de la mañana del 7 marzo de 2014, Claudio Javier Gil mató de al menos tres cuchillazos al jubilado Luis Espínola en el departamento que éste alquilaba en el barrio Camus, en Rivadavia.

Por el crimen contra Echegaray, Gil fue condenado en abril de 2016 por el tribunal de la Sala I de la Cámara en lo Penal y Correccional a la pena de prisión perpetua por el delito de hurto y homicidio agravado por la alevosía. Muy distinto fue el criterio adoptado por los jueces Maximiliano Blejman, José Atenágoras Vega y Ernesto Kerman de la Sala III de la Cámara en lo Penal y Correccional, que juzgaron en mayo del mismo año a Claudio Gil por el asesinato del jubilado.

El Juez Maximiliano Blejman explica la condena sin precedentes a Claudio Gil

Los magistrados atribuyeron a Gil los delitos de homicidio doblemente agravado, por la alevosía y por odio a la orientación sexual de la víctima, y hurto simple, en concurso real. Por primera vez, un tribunal de la provincia de San Juan condenaba a prisión perpetua a un sanjuanino por un crimen originado por motivaciones de odio contra identidad sexual de otra persona.

Fue descripto por los psicólogos como un manipulador, perverso, violento y una persona irrecuperable. “Claudio Gil es un homosexual reprimido, posee una homosexualidad no manifestada a la que odia y la considera la causa u origen de todos sus problemas, pero como no lo puede solucionar en sí mismo, mata esa homosexualidad en los demás, creyendo a estas personas homosexuales como la génesis de sus males”, se expresa en un tramo de la sentencia.

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Sonriente. Gil, siempre desafiante y provocador. Nunca reconoció sus crímenes.

Sonriente. Gil, siempre desafiante y provocador. Nunca reconoció sus crímenes.

También se señala que “como corolario de lo mismo, nos encontramos ante un asesino serial, que ha visto frustrado su plan de eliminación de la homosexualidad, por su detención, pero es evidente que sus víctimas comprobadas, no fueron ni las primeras, ni las últimas, y que el plan macabro de Gil traspasa los límites de uno, dos o más víctimas, su objetivo es la homosexualidad…”

Gil también fue condenado por arrojar agua caliente y herir a su propia madre. En septiembre de 2019 recibió su sexta condena por violar y quemar a un compañero de celda del penal de Chimbas en noviembre de 2015. Hoy, este asesino serial tiene 50 años y continúa alojado en el Servicio Penitenciario Provincial de San Juan.

Caso Montaño, el femicidio vinculado

El tercer fallo judicial que sentó precedente en la lucha por la eliminación de la violencia contra la mujer fue la sentencia contra Luis Alfredo Montaño, el iglesiano que asesinó a golpes a Rubén Darío Quiroga y quemó el cadáver en las primeras horas del 23 de mayo de 2020. Todo por el rencor y el ánimo de venganza contra su pareja Glenda, a quien quería verla sufrir.

Montaño había descubierto que la muchacha mantenía encuentros con Quiroga y fue así que le tendió una trampa a este otro hombre. Utilizando el celular de la chica le envió mensajes y lo citó en un sitio oscuro, pasando el puente de la calle Tiro Federal y la ruta 150, en Rodeo. Mientras tanto obligó a la joven a acompañarlo, le hizo cargar una mochila en la que llevaba una barreta de hierro y una botella con nafta y le ordenó que, cuando apareciera Quiroga, lo distrajera.

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El otro femicida. El iglesiano Luis Alfredo Montaño se encuentra preso por el delito de femicidio vinculado.

El otro femicida. El iglesiano Luis Alfredo Montaño se encuentra preso por el delito de femicidio vinculado.

Quiroga llegó al encuentro con esa mujer que estaba aterrada y no podía decir nada. Ahí, Montaño lo atacó de atrás con el hierro y lo mató a golpes. Esa misma madrugada encendió una fogata y arrojó el cadáver sobre el fuego. “Mirá como se quema tu macho”, le reprochó a la chica. Parte de los restos fueron arrojados posteriormente en la letrina de su casa y otras partes las tiró en el campo.

En los días siguientes, Luis Montaño vigiló y maltrató a la muchacha de la peor manera durante semanas y meses. La quería humillar y hacer sufrir. Incluso la controló desde su trabajo a través de reiterados llamados, que parecían una tortura. En junio de ese año se descubrió la trama del crimen y ella contó toda la verdad.

La joven fue acusada de cómplice y pasó 2 años presa en la cárcel hasta se comprobó que ella era una víctima más, no sólo de la violencia de género ejercida por el marido en la convivencia, también del asesinato. Montaño fue juzgado en junio del 2023 por juez Martín Heredia Zaldo de la Sala I de la Cámara en lo Penal y Correccional.

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En Rodeo. En la casa de Montaño, en la localidad de Rodeo, hallaron restos de huesos dentro de la letrina de su casa.

En Rodeo. En la casa de Montaño, en la localidad de Rodeo, hallaron restos de huesos dentro de la letrina de su casa.

Aunque la fiscalía acusó a Luis Montaño sólo por homicidio agravado por la alevosía, el magistrado amplió la calificación legal del delito y le sumó el agravante del femicidio vinculante. Por primera vez en San Juan se citaba esta figura para condenar a un crimen que indirectamente iba dirigido a una mujer. “Montaño se quería asegurar del sufrimiento. Incluso después de cometido el hecho, la hostigó de tal manera que se estigmatizara de toda forma posible. No tengo dudas, Montaño mata a Quiroga para que su pareja sufra”, afirmó el juez Heredia Zaldo.

“No tenía nada en contra de Quiroga, apenas lo conocía de vista. Ningún otro móvil lo predisponía para arremeter…Pero no conforme con eso, luego de cometido el hecho, la violencia se ejerció incluso a la distancia, obligando a ralentizar y agonizar en ese sufrimiento, el cual no había quedado conforme Montaño, sino que requirió que su pareja se cortara el pelo, se azotara con un cinturón y se sometiera a temperaturas extremas, a más de insultos y amenazas de muerte. Si ello no es violencia de género, me permito preguntarme, ¿cuál es?”, señaló en la dura sentencia con la que condenó a Montaño a prisión perpetua en junio de 2023. Ese fallo fue apelado en su momento y todavía no se encuentra firme.

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