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Proyecto de ley

¿A favor o en contra? Qué dicen los abogados sanjuaninos del proyecto de divorcio exprés

El Gobierno Nacional pretende que el matrimonio se disuelva con una simple presentación en el Registro Civil, a pesar de que pudiera existir conflicto entre las partes. No obstante, para que sea ley, la propuesta deberá ser analizada y aprobada por ambas cámaras del Congreso.

Por Luz Ochoa

Después de que el Gobierno Nacional enviara un proyecto de ley al Congreso para que el divorcio exprés tenga vigencia y que el procedimiento se convierta en un trámite más simple, sin intervención de abogados, Tiempo de San Juan le consultó a los profesionales de la provincia qué opinaban al respecto y hubo opiniones divididas entre aquellos que se desempeñan en el ámbito de lo civil.

La propuesta que impulsa la Nación, a través del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, tiene por objetivo modificar el artículo 435 del Código Civil y Comercial y, como consecuencia, que los cónyuges se puedan presentar ante el Registro Civil correspondiente al último domicilio conyugal para solicitar el divorcio, sin la necesidad de intervención de un abogado.

Es que actualmente y aunque no haya conflicto entre las partes, para que se realice el divorcio los integrantes del matrimonio deben contar con abogado, realizar un juicio, presentar partidas y un convenio regulador con las medidas que proponen los cónyuges (en forma conjunta o separada) para hacer frente a las consecuencias del mismo.

Frente al proyecto de ley que deberá ser tratado por ambas Cámaras del Congreso y ante las posibilidades de que el proceso judicial se transforme en una cuestión meramente administrativa, tres especialistas en la materia analizaron el tema y advirtieron fortalezas y debilidades en la idea que promueve el Gobierno Nacional.

Por un lado, el Dr. Ángel Peña destacó tanto lo positivo como lo negativo de la proposición y, por tanto, remarcó: "Si no hay hijos o no tienen bienes en común, estaría espectacular. Pero en el caso de que hubieran menores o bienes de por medio, sobre todo por el tema de los hijos, con la cuota alimentaria a definir, es importante que sea contemplado como está ahora, que hay un proceso de mediación para que no queden desamparados los niños".

El letrado manifestó que por una parte podría existir un beneficio para aquellos que no tienen problemas severos que compliquen la negociación, mientras que para el abogado que se dedica a ello resultaría un perjuicio. "Se va a ver con agrado porque esa parte administrativa para la gente común sería más sencilla, ese sería un pro. Pero la contra sería que a los abogados se le quitaría el pan de cada día", decretó.

En una postura más favorable hacia el cambio, la Dr. Vanesa De Dax resaltó las bondades que supone el proyecto, que prevé que en caso de discrepancias se realice un juicio aparte para dirimir la cuestión. "Lo veo beneficioso, en cuanto agiliza el trámite de disolución de un vínculo que solo resulta viable mantenerlo, si hay consenso de ambas partes", sostuvo y agregó que de esta manera se evita "dilatar situaciones tortuosas para ambos cónyuges".

Es que el proyecto promueve que el matrimonio se disuelva como un trámite común, como resulta ahora acceder al mismo, y que si hay intereses cruzados y no se llega a un acuerdo, que se activen las vías judiciales correspondiente, ya sea por los hijos de la pareja o los bienes en disputa.

En la vereda opuesta al proyecto se encuentra la Dra. Carla Tejada, cuestionó la modificación por el alcance que significaría su implementación y la cantidad de derechos que vulneraría a los ciudadanos. "Estoy en contra de este proyecto porque asimila el trámite de divorcio a un trámite administrativo y más que eso se trata de un proceso judicial", declaró al mismo tiempo que argumentó que, como tal, se caracteriza por tener una consecuencia jurídica.

En ese sentido, explicó que para que haya seguridad jurídica, es importante que siga siendo un proceso judicial con todas los requerimientos que supone. "Necesitamos pasar por una serie de etapas y para ello se requiere una asistencia letrada, técnica y jurídica, entre otras, por cuestiones pormenorizadas del proceso en sí mismo", añadió.

Sobre el impacto que podría llegar a tener un cambio de tal magnitud en las leyes, advirtió: "Cortar este tipo de intervención de defensas técnicas implica que el proceso se lleve a cabo sin un contralor, no se estaría garantizando la realización efectiva de los derechos o que estén protegidos los derechos de los grupos vulnerables. Ello llevaría a violentar principios del derecho constitucional, como el derecho de la tutela efectiva y el acceso a la justicia".

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