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Violencia de género

Tras el impactante caso de la mujer de 25 de Mayo, los argumentos por los que quedó libre el agresor

El juez Ricardo Grossi Graffigna explicó por qué Daniel Chavero, el sujeto que casi mata a golpes a su pareja, recibió la condena de prisión condicional y no de prisión efectiva.

Por Redacción Tiempo de San Juan

El caso de la mujer de 25 de Mayo que fue violentamente agredida por su pareja generó gran conmoción en la provincia. Verónica Chávez (28) brindó un escalofriante testimonio a Tiempo de San Juan, con marcas en su rostro y mucho miedo, mientras el agresor se refugia en la casa de su familia, a unos pocos kilómetros de La Chimbera, donde vive ella y sus tres hijos. Tras la repercusión que tuvo el caso y múltiples muestras de apoyo hacia la víctima, desde la Justicia salieron a explicar por qué Daniel Chavero está libre.

Ricardo Grossi Graffigna, juez del Procedimiento Especial de Flagrancia, aclaró que el sujeto fue condenado a 12 meses de prisión condicional por el delito de lesiones agravadas por el vínculo y por violencia de género, por lo que el imputado cumple la pena fuera de la cárcel. "Él queda en libertad porque no tiene antecedentes penales", señaló el magistrado.

Al mismo tiempo comentó que la pena incluye algunas limitaciones o medidas de protección para la víctima: Chavero fue excluido del domicilio y tiene prohibición de contacto, de cualquier tipo, con la mujer. Si el sujeto desobedece alguna orden del juez y la víctima reporta algún tipo de amenaza, por ejemplo, podría ser enviado al Servicio Penitenciario de Chimbas.

Por otro lado, Grossi Graffigna señaló que la condena fue acordada entre la Fiscalía y el abogado defensor del agresor (el exintendente de Caucete, Julián Gil). Dijo que la querella, que representó a la víctima en el proceso, tampoco prestó oposición al acuerdo. Por eso sostuvo que la letrada, de apellido Ferrer, fue quien dio el consentimiento a los 12 meses de prisión condicional.

"Lo interesante de la audiencia es que estaba la parte querellante, la abogada que representa a la damnificada. Ella es su representante en el juicio. La condena se da con el consentimiento de los dos abogados y el fiscal. Si alguno estaba en desacuerdo, se pasaba a juicio", señaló.

"La abogada de la damnificada en ningún momento solicitó botón antipánico, ella prestó su consentimiento al acuerdo", Grossi Graffigna.

El juez explicó que él no puede modificar el acuerdo para agravar la pena, pero sí para favorecer al imputado, situación que no se dio. "Como juez lo que hago es darle legalidad al acuerdo que se trae. No puedo modificarlo. Pero es una condena en suspenso, una condena dura. La abogada presente se lo debería haber informado a su clienta", apuntó Grossi Graffigna.

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