En un fallo judicial que va a traer cola y polémica, el juez de impugnación Benedicto Correa ratificó la condena contra el locutor sanjuanino conocido como “Bahiano” el abuso sexual contra dos niñas, pero a su vez revocó la pena de 10 años de prisión dictada en noviembre pasado y la bajó a 3 años y 6 meses. Dan por descontado que la fiscalía y la querella presentaran un recurso de casación para revisar esta última resolución, la que cuestionaron por “no tener fundamentos”.
La resolución se conoció este lunes 7 de abril y beneficia sustancialmente al locutor Cristian Pablo Adrián “El Bahíano” Molina, detenido desde el pasado 11 de noviembre. Ese día, la jueza Mónica Lucero lo condenó a 10 años de prisión efectiva tras encontrarlo culpable del delito de abuso sexual simple, reiterado y agravado por la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años y la situación de guarda, en concurso real -dos hechos- en perjuicio de dos menores.
image.png
El juez de impugnación Benedicto Correa.
Molina ya había sido condenado en septiembre de ese año a 9 meses de prisión condicional por el delito de lesiones leves en contexto de violencia de género en el marco de otra causa penal. Fue así que le unificaron las dos condenas y quedó en una pena única de 10 años y 9 meses de cárcel.
La fiscal Ingrid Schott, de la UFI ANIVI, y el abogado querellante Franco Montes presentaron evidencias de los abusos sexuales cometidos por “El Bahiano” Molina contra esas niñas de 5 y 9 años, pese a que él siempre sostuvo su inocencia y aseguró que la denuncia era una venganza. Sin embargo, la representante del Ministerio Público Fiscal demostró que esos abusos se perpetraban en los momentos en que Molina se quedaba a solas con las nenas.
image.png
Los abogados defensores Néstor Olivera y Marcelo Sandez.
Los detalles de esas conductas perversas salieron a la luz a través de las declaraciones de las niñas en Cámara Gesell, que contaron el calvario que atravesaron. Por otro lado, las pericias psicológicas reafirmaron que las víctimas no mentían ni fabulaban.
Los abogados Marcelo Sandez Luján y Néstor Olivera asumieron la defensa luego del fallo condenatorio y presentaron la apelación con el argumento de que debían declarar nulaslas pericias: cuestionaron las designaciones de las profesionales que hicieron los informes, su idoneidad, la falta de firmas en sus conclusiones y el método empleado en las entrevistas. Además, objetaron la pena de 10 años de prisión por considerarla excesiva por el tipo de delito.
image.png
La fiscal Ingrid Schott y el abogado querellante Franco Montes.
El juez Benedicto Correa, del Tribunal de Impugnación, aceptó revisar el fallo de primera instancia y tras un largo análisis rechazó los planteos de la defensa en cuanto a los cuestionamientos de la prueba. De ese modo ratificó la condena por el delito de abuso sexual siempre, reiterado y agravado, pero admitió el recuerdo en relación a la pena impuesta.
El magistrado compartió el criterio de que el castigo de 10 años de prisión era demasiado porque no respetaba el “principio de proporcionalidad” y partía de un razonamiento erróneo. Además, remarco que se tomó en cuenta los antecedentes de Molina, siendo que la primera condena fue por un caso anterior a la denuncia de abuso sexual. Por todo ello, resolvió revocar la pena dictada por la jueza de primera instancia y le impuso 3 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo.
Ahora queda la posibilidad que la fiscalía y la querella vayan a casación ante la Corte de Justicia de San Juan para tirar abajo este último fallo judicial.