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Guía de Economía Doméstica

Blanqueo de capitales y una completa guía sobre todo lo que hay que saber

Tras la oficialización del blanqueo de capitales de parte del gobierno nacional, un especialista sanjuanino explica todo lo que hay que tener en cuenta sobre el nuevo régimen.

Por Celeste Roco Navea

El mes pasado el Gobierno Nacional, por intermedio de la Comisión Nacional de Valores, reglamentó el Régimen de Regularización de Activos, también denominado de manera coloquial “blanqueo de capitales”. A grandes rasgos, esto habilita regularizar cualquier monto de dinero sin costo, siempre y cuando se mantenga en el sistema. Para entender su implicancia como las modalidades para el blanqueo, Mariano Cáceres de Fórmula Asesores Financieros brinda una completa guía para evitar incurrir en errores.

¿Qué es el régimen de regularización de activos conocido como “blanqueo de capitales”?

Lo primero que hay que saber es qué es realmente el blanqueo de capitales. Este nuevo régimen habilitado por el gobierno nacional permite tanto a individuos como empresas regularizar cualquier monto sea en efectivo como en bienes que no hayan sido declarados. El condimento especial es que proporciona ciertos beneficios durante un periodo de tiempo.

Embed - Blanqueo de Capitales: 1# ¿Qué es y que puedo blanquear?

“Dentro de las personas que no pueden ingresar a los beneficios de esta ley se encuentran las personas que ejercen función pública o han ejercido función publica dentro de los últimos 10 años”, precisa Mariano. A esa lista se suman familiares de segundo grado y convivientes; los declarados en quiebra; los involucrados en procesos judiciales que se detallan en la norma, entre otros.

¿Qué se puede blanquear?

El especialista explica que todo dependerá de si el bien a blanquear se encuentra en el país o en el extranjero, pero a grandes rasgos se encuentra dinero en efectivo, bienes e inmuebles no declarados, acciones o participaciones en empresas que no coticen en la regulación de la CNV (Comisión Nacional de Valores), bienes que coticen en la regulación de la CNV entre otros.

De manera desglosada, de Argentina se puede blanquear:

  • Moneda nacional o extranjera
  • Inmuebles
  • Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares o cuotapartes de fondos comunes de inversión, siempre que el sujeto emisor sea considerado un sujeto residente en Argentina, y no coticen en mercados regulados por CNV
  • Títulos valores (incluyendo acciones, bonos, ON, certificados de depósito en custodia, fondos y otros similares) que coticen en bolsas o mercados regulados por CNV
  • Créditos de cualquier tipo o naturaleza, cuando el deudor sea un residente fiscal argentino.
  • Derechos y otros bienes intangibles no incluidos en los puntos anteriores
  • Criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares (siempre que a la fecha estén en custodia o administración de una PSAV registrada en CNV) (*)
  • Otros bienes ubicados en el país susceptibles de valor económico

Del exterior se puede blanquear:

  • Inmuebles
  • Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares, siempre que el sujeto emisor de dichas acciones, participaciones o derechos no sea considerado un sujeto residente fiscal en Argentina, y no coticen en mercados del exterior
  • Títulos valores (incluyendo acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares) que coticen en bolsas o mercados del exterior.
  • Créditos de cualquier tipo o naturaleza, cuando el deudor de dichos créditos no sea un residente fiscal argentino.
  • Derechos y otros bienes intangibles no incluidos en los puntos anteriores

¿Hasta cuándo se puede adherir?

El plazo para adherir al blanqueo es hasta el 30 de abril de 2025, aunque el Gobierno nacional tiene la potestad de extender el plazo hasta el 31 de julio de 2025. No obstante, es clave destacar que habrá diferentes etapas que tendrán distintas condiciones.

Es importante destacar que, si se quiere regularizar efectivo, por ejemplo, solo podrá hacerse hasta el 30 de septiembre de este año.

Por fuera de las etapas, hay dos momentos a tener en cuenta. Mariano explica que un primer momento es donde se manifiesta que se quiere regularizar bienes activos permitidos. El segundo momento consiste en presentar una declaración jurada, comprobando los bienes.

Embed - Blanqueo de Capitales: 2# ¿Hasta cuándo puedo adherirme?

“En el momento de adhesión o manifestación de regularizar hay que adelantar el 75% del impuesto si correspondiere según los bienes, y el resto al momento de presentar la declaración jurada con toda la documentación que manifieste la titularidad de los bienes”, señaló el profesional.

¿Cuáles son las etapas y el impuesto a pagar en cada una?

La norma establece tres etapas, cada una de ella con diversos porcentajes a pagar.

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“Si se blanquean hasta 100.000 dólares por todo concepto, con permanencia hasta el 30 de septiembre de 2024 no hace falta efectuar el pago del impuesto, sino que es un mínimo no imponible, es decir, se pagara a partir de un monto superior a 100.000 dólares exteriorizado dentro de las etapas que propone esta ley”, indica Mariano.

Embed - Blanqueo de Capitales: 3# ¿Cuáles son las etapas y el costo?

¿Cómo es el tratamiento de efectivo o depósitos de monera nacional o extranjera?

Hay que tener en cuenta que solo se puede hacer en la primera etapa, por lo que hay que tener en cuenta la fecha para los que vayan a declarar este tipo de activos en efectivo.

Para blanqueo de monera habrá Cuentas Especiales de Regularización (CERA) en los bancos y Cuentas Comitentes Especiales de Regularización (CCERA) en las ALYCs que permitirán canalizar la exteriorización de moneda nacional o extranjera a las cuales se deberá transferir o depositar el efectivo.

Embed - Blanqueo de Capitales: 4# ¿Cómo es el tratamiento de los depósitos?

En los casos de regularización de dinero en efectivo y depósitos por más de USD 100.000, podrán evitar pagar el impuesto si mantienen el efectivo en Cuentas Especiales de Regularización (CERA) hasta el 31/12/25 o en las inversiones elegibles por la norma para aquellos que busquen rentabilidad sobre estos capitales.

¿Qué son las “CERA”?

Son cuentas creadas para la permanencia de los fondos en cumplimiento de los plazos establecidos en Bancos y en Alycs (o Sociedades de Bolsa).

Deben ser de idéntica titularidad que las cuentas bancarias especiales y solo pueden recibir fondos el blanqueo de cuentas especiales y enviarlos a cuentas especiales, por lo que las cuentas preexistentes no pueden convertirse en especiales.

Las mismas no están sujetas a impuesto al débito ni crédito, pero están sujetas a la retención del régimen en caso de corresponder.

¿En qué se puede invertir tras el blanqueo de capitales?

“Se puede invertir en acciones argentinas, en bonos soberanos, municipales, provinciales y régimen especiales. No se puede invertir en cauciones, en Cedears y en cheque entre otros”, comenta Mariano y agrega que antes de realizar cualquier tipo de acción, es fundamental realizar las consultas a un profesional en finanzas para evitar incurrir en errores.

Embed - Blanqueo de Capitales: 5# ¿Qué son las cuentas CERA?

El listado de las opciones de inversión con blanqueo

  • Títulos públicos emitidos por los Estados nacional, provinciales, municipales y la CABA (títulos, bonos, letras)
  • Certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos elegibles
  • Cuotapartes de FCI abiertos: en cuotapartes de clase específica del RRA
  • FCI cerrados
  • Acciones en oferta pública
  • BOPREAL
  • ONs (art. 36)

Para mayor información consultar a la web de Fórmula, asesores financieros o al mail [email protected].

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